CONTINGENCIAS,
PROVISIONES E INCERTUDUMBRE.
NIC
37 PROVISIONES, ACTIVOS Y PASIVOS
CONTINGENTES.
Esta Norma (NIC 37) prescribe
la contabilización y la información financiera a suministrar cuando se haya dotado
una provisión, o bien cuando existan activos y pasivos de carácter contingente,
exceptuando los siguientes:
a.
aquéllos que se deriven de los instrumentos
financieros que se contabilicen según su valor razonable;
b.
aquéllos que se deriven de los contratos
pendientes de ejecución, salvo si el contrato es de carácter oneroso y se
prevén pérdidas. Los contratos pendientes de ejecución son aquéllos en los que
las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones a las que se
comprometieron, o bien aquéllos en los que ambas partes han ejecutado
parcialmente, y en igual medida, sus compromisos;
c.
aquéllos que aparecen en las compañías de
seguros, derivados de las pólizas de los asegurados; o
d.
por último, aquéllos de los que se ocupe alguna
otra Norma Internacional de Contabilidad.

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